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Cyberateos

PERU: NO ELEGI BAUTIZARME... EXIJO RETIRARME !!!

http://www.facebook.com/event.php?eid=120536504655841
Fecha:
Sábado, 17 de julio de 2010
Hora:
14:30 - 17:00
Lugar:
LIMA

Descripción 

RELANZAMIENTO DE LA SOLICITUD DE EXCOMUNION (APOSTASIA) EN LIMA PERU : Campaña original : http://www.facebook.com/event.php?eid=120536504655841

Ya tenemos registrada mas de 40 firmas con documentacion completa. Esperamos pasar de 60 en los proximos dias,,,


Esta es nuestra web:

www.ateosperuanos.org/excomunionperu2010/excomunionperu2010/

El registro es aqui : EL REGISTRO AQUI ES OBLIGATORIO :

www.ateosperuanos.org/excomunionperu2010/excomunionperu2010/index.php?option=com_comprofiler&task=registers

NOTA PRELIMINAR

Fieles a nuestra vocación humanista y a nuestro compromiso con las libertades, los miembros de la Asociación Peruana de Ateos – APERAT queremos iniciar con esta acción un movimiento de protesta y de abandono de las estructuras formales de la Iglesia Católica. Nunca hasta ahora un colectivo había exigido de ésta una declaración formal de condena y excomunión. Las iniciativas de solicitud de apostasía, colectiva o individual, forman parte ya de una oleada creciente que se va extendiendo de modo progresivo por el antiguo orbe católico.

Considerando la necesidad de un nuevo frente, hemos decidido utilizar el propio sistema jurídico de la Secta como instrumento de denuncia. Las afirmaciones que siguen a continuación, y la evidencia de lo que a ojos del alto clero constituye una “falta muy grave”, harán obligatoria, pensamos, una respuesta por su parte.

Adoptamos aquí como herramienta la reclamación de una “pena justa”, transformando así la condena en privilegio. Utilizada históricamente por la Iglesia católica como una terrible amenaza –no tanto por sus desventajas escatológicas como por el daño social que implicaba-, la pena de excomunión constituye, aún hoy, el castigo máximo aplicado por la Secta. Desvirtuamos, de este modo, sus fantasías, y neutralizamos así el poder mítico e imaginario de sus anatemas.

Las inculpaciones que aquí realizamos no se reducen a hechos e infracciones puntuales, producto de una situación histórica, sino que responden a una actitud mantenida por la Iglesia y sus rectores desde el instante mismo de su fundación

SOLICITAMOS NUESTRA EXCOMUNIÓN DE LA IGLESIA CATÓLICA

Sr. Juan Luis Cipriani Thorne

Presente.-

Nosotros/as, ciudadanos/as peruanos/as, haciendo uso nuestra plena libertad y con absoluta conciencia del significado y el alcance de nuestra petición, deseamos manifestar a usted, a la institución que encabeza, así como a la opinión pública, lo siguiente:

Que el Código de Derecho Canónico que rige las sanciones y faltas en su corporación, reactualizado por el difunto Karol Wojtyla, establece una relación de censuras cuyo objetivo declarado es la prevención y protección de su rebaño de fieles.

Que entre estas sanciones destaca, por su especial relevancia, la pena de excomunión. Que se establece dicha pena para los delitos “más graves”, aquellos que la autoridad eclesiástica considera que colocan al sujeto fuera de la comunión con su Iglesia.

Que el Artículo C1364 P 1 del Código de Derecho Canónico afirma que: El apóstata de la fe, el hereje o el cismático incurren en excomunión latae sententiae.

Que el Artículo C1369 establece que: Quien, en un espectáculo o reunión públicos, en un escrito divulgado, o de cualquier otro modo por los medios de comunicación social, profiere una blasfemia, atenta gravemente contra las buenas costumbres, injuria la religión o la Iglesia o suscita odio o desprecio contra ellas debe ser castigado con una pena justa

Que el Artículo C1373 explicita que: Quien suscita públicamente la aversión o el odio de los súbditos contra la Sede Apostólica o el Ordinario, con el motivo de algún acto de potestad o de ministerio eclesiástico, o induce a los súbditos a desobedecerlos, debe ser castigado con entredicho o con otras penas justas. Y que el Artículo C1374, siendo extremadamente claro en su redacción, sentencia que: Quien se inscribe en una asociación que maquina contra la Iglesia debe ser castigado con una pena justa; y que: Quien promueve o dirige esa asociación, ha de ser castigado con entredicho.

Con conocimiento de lo mencionado anteriormente le informamos lo siguiente:

Que en los Estatutos de nuestra ASOCIACION PERUANA DE ATEOS (APERAT) , a la cual pertenecemos la mayoría de los/las firmantes de esta misiva se definen de forma clara los objetivos a los que deseamos dirigirnos, consistentes en denunciar y erradicar la influencia social y cultural ligada a las ideas de “Dios”, del “alma” y de lo “sobrenatural”; en luchar contra la implantación del “hecho religioso” y contra los privilegios económicos y políticos de los que disfrutan la religión y sus instituciones; en la difusión de la ciencia y el conocimiento como alternativa racional frente a la superstición religiosa y en la defensa y expansión del racionalismo y del librepensamiento.

Tras todo lo cual, exigimos, apelando a su presumible coherencia:

Que, en declaración eclesiástica y por oficial escrito, sea emitida CONDENA DE EXCOMUNIÓN PÚBLICA a TODOS/AS los/las afiliados/as, actuales y futuros, de la Asociación Peruana de Ateos (APERAT), así como también a quienes con su firma voluntaria se adhieran a esta petición, no dejando así duda alguna en cuanto a la negativa absoluta, por nuestra parte, a seguir perteneciendo, en los casos en los que así conste, al cómputo de los fieles de vuestra secta

Rechazamos enérgicamente la doctrina de la Iglesia Católica, su culto, su moral y su cuerpo dogmático. Apostatamos de la fe Católica (C1364 P1). Suscitamos desprecio contra la Iglesia (C1369). Inducimos a la desobediencia frente a ella (C1373). Y, aun más importante, nos esforzamos en aquello que, según su particular lenguaje, contribuye a “maquinar” contra la Corporación (C1374). Es decir, en denunciar, en hacer públicas y en exponer las actividades criminales presentes y pasadas en las que esté involucrado el clero católico, y en iniciar acciones concretas tendentes a destruir la influencia que éste mantiene sobre la cultura, la política y la sociedad

Lima 15 de Junio del 2,010

ADHERENTES

LIMA
David Kelli Abad Tomapasa DNI 10269670
Yván Acosta Belzusarri DNI 09727986
Tito Livio Agüero Vidal DNI 09148579
Carlos Eduardo Alvarez García DNI 41938106
Marco Antonio Arrieta Maynetto DNI 07880047
Marco Antonio Barón Sánchez DNI 09904485
Henry Genaro Barreda Butrón DNI 29591551
Carlos Alberto Becerra Mendoza DNI 10418557
Carlos Pavel Ivanoff Bolaños Veliz DNI 10385910
Doris Patricia Calderón Herada DNI 07934446
Luis Miguel Caballero Gonzalez Cueva DNI 07620540
Daniel Adolfo Cárdenas Rojas DNI 08527798
Jossy Angela Cárdenas Rojas DNI 40964694
Laura Yannina Chávez Cruz DNI 45128350
Rosa Milagros Chavez Reyes DNI 45285538
Jose Alfredo Chumpitazi Gordaliza DNI 10813124
Lucía de los Milagros Córdova Martínez DNI 09843150
Paul Francis Escajadillo Lock DNI 40808374
Karen Norma Escudero Letona DNI 10059527
Gladys Patricia Fuentes Ibarra DNI 09671161
John Gorbalán Benites DNI 10205611
Miguel Alejandro Guerra León DNI 41123987
María Jimena Hermoza Monterroso DNI 46297832
Carla Giannina Jimenez Peña DNI 40897408
Chiara Luciana Klatich Calderón DNI 47503197
Anddy Joel Landacay Hernández DNI 40589256
Francisco Javier López Tejada DNI 10731675
José Antonio Marcelo Mautino DNI 10793614
Sandro Fernando Mazzola de la Peña DNI 46427011
Susan Joan Meier Burns DNI 47401170
Juan Gonzalo Mejía Vásquez DNI 42948760
Rafael Arturo Ocaña Lorenzo DNI 09619512
Italo Jorge Panfichi Vélez DNI 07775934
Manuel Abraham Paz y Miño Conde DNI 07601438
Francisco Leonardo Ramos Vasquez DNI 41485781
Sandra Lucía Romaní San Miguel DNI 72643928
Barni Roque Mejia DNI 43320602
Enrique Luis Russe Corrotea DNI 25770416
Yusef Jesús Simón Valcarcel DNI 46560491
Isabel Sosa Sanchez DNI 43215655
Roberto Terry Saenz DNI 09645283
Paolo Elbio Torriani Alvarado DNI 40105095
Gianfranco Elio Tubino Bryce DNI 42457599
Luz Areli Uriol Gárate DNI 10528437
Julio César Vera Tudela Galli DNI 40137915
Roxana Gabriela Vivanco Vasquez DNI 43874322
Carlos Adeval Zafra Flores DNI 07488885
Oscar Roberto Zamora Corcuera DNI 07581220

1 comentario

nemo -

No necesitan una ceremonia, basta con dejar de lado en su conciencia y ya pueden sentirse liberados.

solo con este acto ya queda claro que jamas fueron buenos catolicos, no necesitan ninguna resolucion que los excomulgue.